PUCHALSKI & FERNÁNDEZ
ESTUDIO JURÍDICO ESPECIALIZADO
ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (ART)
Accidentes laborales y enfermedades profesionales (ART)

Si te accidentaste trabajando, la ART no tiene la última palabra.

Rechazos de siniestro, altas médicas anticipadas, porcentajes de incapacidad mal liquidados. Representamos al trabajador ante la ART, las comisiones médicas y la justicia del trabajo en todo el país, con base en el Nordeste argentino.

La primera entrevista es de orientación y no genera honorarios. Revisamos tu documentación y te explicamos en qué instancia está tu situación y qué trámites corresponden. Si no hay reclamo viable, te lo decimos ahí mismo.

Experiencia
15 años de experiencia
Abogados especializados
Jurisdicción
Todo el país
Con base en el Nordeste argentino
Atención personalizada
Presencial o por videollamada
Con el abogado que lleva tu caso
Autoevaluación 1 / 4

¿Tenés un caso?

Cuatro preguntas para saber en qué instancia estás y qué corresponde hacer ahora. No pedimos datos personales.

Áreas de práctica

Un estudio enfocado en el trabajador

No trabajamos para las ART ni para los empleadores: trabajamos para vos. Del otro lado del expediente siempre está la aseguradora, nunca el trabajador. Eso cambia todo: no hay conflicto de intereses que administrar, no hay un cliente corporativo al que cuidar, no hay puertas que convenga no golpear. Un solo objetivo, el mejor resultado para vos. No nos conformamos: conseguimos resultados. Atendemos en el Nordeste argentino y en todo el país.

01 — Área principal

Accidentes de trabajo

Accidentes en el establecimiento y accidentes in itinere. Denuncia ante la ART, divergencia por rechazo del siniestro, revisión del alta médica y reclamo del porcentaje de incapacidad ante la Comisión Médica.

  • Ley 24.557
  • Ley 27.348
  • Divergencia
  • Reagravación
  • In itinere
02

Enfermedades profesionales

Hipoacusia perceptiva, patologías de columna, várices, lesiones osteoarticulares por movimientos repetitivos y cuadros derivados de la exposición laboral. Incluye enfermedades no listadas que requieren acreditación del nexo causal.

  • Hipoacusia
  • Columna
  • Nexo causal
  • Pericias
03

Despidos e indemnizaciones

Despido sin causa, despido indirecto, trabajo no registrado o mal registrado, diferencias salariales y liquidación final. Intimaciones fehacientes, telegramas obreros y reclamo judicial.

  • LCT 20.744
  • Registración
  • Telegramas
  • Liquidación
04

Trabajo rural y agrario

Peones permanentes y temporarios de cosecha —yerba, té, forestal— bajo el Régimen de Trabajo Agrario. Registración ante el RENATRE, accidentes en chacra y condiciones de alojamiento y traslado.

  • Ley 26.727
  • RENATRE
  • Temporarios
  • Cosecha
05

Daños y perjuicios

Acción civil por accidente de trabajo cuando corresponde apartarse del sistema tarifado, accidentes de tránsito y responsabilidad civil en general.

  • CCyCN
  • Acción civil
  • Tránsito
06

Seguros

Asesoramiento en la contratación de coberturas y en el reclamo por siniestros: rechazo de cobertura, demoras en la liquidación y diferencias en el monto indemnizatorio ante compañías aseguradoras.

  • Siniestros
  • Rechazos
  • Coberturas
Cómo trabajamos

El camino de un reclamo por accidente

El sistema de riesgos del trabajo tiene una instancia administrativa obligatoria previa al juicio, y la propia ley exige que el trabajador se presente allí contando con el debido patrocinio letrado (art. 1, Ley 27.348). No es un trámite para hacer solo. Conocer en qué etapa estás es lo primero que definimos en la entrevista.

01

Consulta y documentación

Revisamos la denuncia del siniestro, los estudios médicos, la documentación laboral y toda comunicación de la ART. Te decimos con franqueza si hay caso.

02

Denuncia o intimación

Si el hecho no fue denunciado, lo denunciamos. Si la patronal o la ART no responden, intimamos por medio fehaciente.

03

Comisión Médica

Presentación del trámite, junta médica y patrocinio letrado durante todo el procedimiento administrativo.

04

Dictamen

Analizamos el porcentaje de incapacidad otorgado y el cálculo de la prestación. Si no corresponde, no se firma.

05

Instancia judicial

Demanda ante el fuero laboral cuando el dictamen es insuficiente o la vía administrativa se agotó sin respuesta.

Plazos

Lo que no conviene dejar pasar

En riesgos del trabajo los tiempos corren aunque el trabajador no lo sepa. Estos son los momentos donde una demora cuesta dinero, y a veces cuesta el reclamo entero.

SituaciónPlazoQué hacer
Ocurre el accidente De inmediato Avisar al empleador y exigir la denuncia a la ART. Guardá copia y el número de siniestro.La denuncia también puede presentarla el propio trabajador.
La ART rechaza el siniestro Días, no meses Se plantea divergencia ante la Comisión Médica. Conservá la carta documento o el mail de rechazo: es la prueba de la fecha.
Te dan el alta y seguís con dolor Días, no meses Divergencia en el alta médica. Si volvés a trabajar sin objetar, la ART lo usa como prueba de que estabas recuperado.
Secuelas que empeoran con el tiempo Mientras no prescriba Trámite de reagravación, con estudios que acrediten el empeoramiento respecto del dictamen anterior.
Prescripción de la acción 2 años La Ley de Riesgos del Trabajo fija dos años. El cómputo del inicio admite discusión según el caso, pero conviene no acercarse al límite.Art. 44, Ley 24.557.
Despido o renuncia forzada 2 años Plazo de prescripción de los créditos laborales. Las intimaciones previas tienen plazos mucho más cortos, de días.Art. 256, Ley 20.744.

Cuadro orientativo. Cada plazo tiene excepciones, suspensiones e interrupciones según el caso concreto. No reemplaza una consulta profesional.

Honorarios

Cómo se manejan los honorarios

Es lo que más frena a la gente y lo que menos se explica en los sitios de abogados. Acá está dicho antes de que tengas que preguntarlo.

La primera entrevista

Es de orientación: revisamos tu documentación y te explicamos en qué instancia está tu situación y qué trámites corresponden. Esa orientación no genera honorarios. Si no hay reclamo viable, te lo decimos ahí mismo.

Cómo se cobra el caso

Si nos encomendás el caso, las condiciones se acuerdan por escrito antes de iniciar cualquier trámite: qué se cobra, cuándo y sobre qué base. No se firma nada sin que lo leas.

Lo que asume el estudio

Cuando aceptamos el patrocinio asumimos la responsabilidad del trámite completo: evaluamos qué gestiones corresponden, las realizamos en tiempo y forma y seguimos el expediente ante la ART, las comisiones médicas y el tribunal hasta el final.

Escribirnos no te compromete a nada. Podés contarnos tu situación, escuchar el diagnóstico y decidir después, incluso decidir que no.

Industrias de riesgo

¿Trabajás en una industria de riesgo?

Hay actividades donde el accidente no es una rareza: es parte del riesgo diario. Estas son algunas de las que más lesiones dejan.

Petróleo y gas

Caídas de altura, golpes con equipos, quemaduras y exposición a gases. Yacimiento lejos de casa y una ART que resuelve a distancia.

Sueldo alto liquidado sobre el básico: ahí se pierde la mitad del reclamo.

Minería

Accidentes en socavón y en planta, aplastamientos, sordera por ruido sostenido y patologías de columna por vibración.

Adicionales y horas que no entran en el cálculo del ingreso base.

Marina mercante y pesca

Accidentes a bordo, caídas en cubierta, atrapamientos con cabos y maquinaria, lesiones durante la maniobra.

Metalúrgicos

Cortes y amputaciones con prensas y guillotinas, quemaduras de soldadura, hipoacusia y lesiones de hombro y muñeca por esfuerzo repetido.

Forestal y aserraderos

Accidentes con motosierra y sierra sinfín, caída de rollos, atrapamientos en la cinta, pérdida de dedos y de audición.

Construcción

Caídas de altura y de andamio, golpes por derrumbe, lesiones de columna por carga y cortes con amoladora.

Transporte de larga distancia

Siniestros en ruta, lesiones de columna por horas al volante y accidentes durante la carga y la descarga.

Viáticos y horas que la liquidación suele dejar afuera.

Frigoríficos

Cortes con cuchilla y sierra, lesiones por frío sostenido, tendinitis y síndrome del túnel carpiano por movimiento repetitivo.

Muchos de nuestros clientes viven en la región y trabajan fuera. Si te accidentaste en otra provincia, el reclamo se lleva igual desde acá. Contanos en qué trabajás y te decimos cómo seguir.

Zona de cobertura

Dónde atendemos

Trabajamos en el Nordeste argentino y en todo el país. La consulta y el seguimiento van por videollamada y WhatsApp; la documentación se envía digitalizada. Solo pedimos presencia física cuando el trámite lo exige, como una junta médica.

Misiones

Corrientes

Chaco

Resto del país

Si vivís en una provincia y te accidentaste trabajando en otra, te atendemos igual. Revisamos dónde corresponde presentar el reclamo y lo llevamos desde el estudio: consulta por videollamada y documentación en digital. Atendemos en cualquier localidad, sin importar la distancia. La distancia es un problema nuestro, no tuyo.

El estudio

Quién va a llevar tu caso

Quince años de ejercicio profesional respaldan cada expediente que tomamos. Somos dos abogados y trabajamos con una cantidad acotada de casos por vez, porque el que consulta no es un número de trámite. El cliente habla con el abogado que firma el escrito, no con un call center: hablás exclusivamente con los profesionales.

GP

Dr. Gabriel Alejandro Puchalski

Abogado · M.P. 3168 · T° X · F° 268

  • Procurador del S.T.J. de Misiones — Mat. 2833, F° 47, L° II
  • Colegio de Abogados de Corrientes — M.P. I-11954, F° 236, L° 14

Ejerce en derecho laboral y riesgos del trabajo, con representación exclusiva del trabajador ante la ART, la Comisión Médica y el fuero laboral.

CF

Dr. Roberto Carlos Fernández

Abogado · M.P. C.A.M. 6570 · T° XXII · F° 70

  • Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones

Ejerce en derecho laboral y riesgos del trabajo, con representación exclusiva del trabajador ante la ART, la Comisión Médica y el fuero laboral.

Preguntas frecuentes

Lo que todos preguntan en la primera consulta

¿De qué depende el monto que me corresponde?

De tres cosas: el porcentaje de incapacidad que te reconozcan, tu edad y —la que más se discute— el ingreso base, que sale del promedio de lo que cobraste en el último año.

Ahí está la trampa más común. Si el cálculo toma solo el sueldo básico y deja afuera adicionales, horas y todo lo que efectivamente cobrabas, arranca mal y todo lo que viene después sale mal. En las actividades donde el básico es la mitad del recibo —petróleo, minería, transporte, trabajo por diagramas y turnos— esa diferencia es enorme.

No hace falta que juntes nada antes de escribirnos: ese cálculo se reconstruye con la documentación laboral, y en la entrevista te decimos qué hace falta en tu caso concreto. Con eso te decimos si el número que te ofrecen se acerca a lo que corresponde o está lejos.

¿Necesito abogado para el trámite ante la Comisión Médica?

Sí, y no es una opinión nuestra: lo exige la ley. El artículo 1 de la Ley 27.348 establece que la actuación ante las comisiones médicas es la instancia obligatoria y previa a cualquier juicio, y que allí actúa el trabajador afectado contando con el debido patrocinio letrado.

La palabra debido no está de adorno. No alcanza con una firma al pie del escrito. Lo que se define en esa instancia —el porcentaje de incapacidad, el ingreso base sobre el que se calcula todo, si el hecho se considera o no accidente de trabajo— determina el resultado del reclamo entero, y lo que se acepta ahí es muy difícil de revertir después. Por eso conviene que el patrocinio sea de alguien que trabaje en esta materia todos los días.

¿Qué necesito llevar a la primera entrevista?

Todo lo que tengas, aunque esté desordenado: la constancia de la denuncia o el número de siniestro, cualquier comunicación de la ART —carta documento, mail o mensaje—, y los estudios médicos que te hayan hecho. Si algo falta no es impedimento para empezar a analizar el caso: lo que haga falta te lo pedimos después, en la entrevista.

¿Y si ya tengo abogado?

Pedir una segunda opinión no te obliga a nada: escuchás otra mirada sobre tu caso y después decidís. En riesgos del trabajo la diferencia entre un buen resultado y uno pobre suele estar en detalles que desde afuera no se ven: el porcentaje de incapacidad que se discute o se acepta sin más, el plazo que no se dejó vencer, la prueba que se pidió a tiempo. Eso lo detecta quien trabaja en esta materia todos los días. Contanos en qué instancia está tu caso y te decimos con franqueza si está bien encaminado o si hay algo que conviene corregir ahora.

La ART me rechazó el accidente. ¿Se terminó?

No. El rechazo de la ART es una decisión de parte, no una sentencia. Frente al rechazo corresponde plantear la divergencia ante la Comisión Médica, que es el organismo que resuelve si el hecho es un accidente de trabajo y qué incapacidad dejó. Muchos rechazos se fundan en formalidades —una denuncia tardía, una falta de documentación— que se pueden discutir.

Me dieron el alta pero sigo con dolor. ¿Qué hago?

El alta médica es objetable. Si volvés a trabajar sin decir nada, después es más difícil sostener que las secuelas persistían. Lo correcto es dejar constancia y plantear la divergencia, acompañando estudios de un médico particular que describan el estado real.

Si hago el reclamo, ¿me pueden echar?

El reclamo ante la ART se dirige contra la aseguradora, no contra tu empleador, y la ART es quien paga las prestaciones. Un despido dispuesto como represalia por un reclamo genera responsabilidad adicional para el empleador. En la consulta evaluamos tu situación concreta y cómo manejar los tiempos.

¿Cuánto tarda un reclamo?

Depende de la instancia. El trámite ante la Comisión Médica tiene plazos legales acotados y suele resolverse en meses. Si el dictamen no es correcto y hay que ir a juicio, los tiempos se extienden considerablemente. Te damos una estimación realista en la consulta: preferimos que sepas la verdad antes de empezar.

¿Puedo consultar si vivo en otra localidad?

Sí. No importa en qué localidad del país estés: nos encargamos de gestionar y atender todo para que tu caso sea llevado como corresponde. La consulta y el seguimiento van por videollamada y WhatsApp, la documentación se envía digitalizada, y solo pedimos presencia física cuando el trámite lo exige —por ejemplo, una junta médica—. La distancia es un problema nuestro, no tuyo.

Trabajo en negro. ¿Tengo derecho a algo?

Sí. La falta de registración no borra la relación de trabajo ni el derecho a la reparación por un accidente; en muchos casos incluso agrava la responsabilidad del empleador. Lo que cambia es la prueba: se trabaja con testigos, mensajes, fotos, comprobantes de pago y toda constancia de que ibas a trabajar ahí.

Notas

Lo que conviene saber antes de decidir

Explicaciones breves sobre las situaciones que más se repiten en riesgos del trabajo. Son de carácter general y no reemplazan el análisis de tu caso concreto.

La ART rechazó mi accidente: qué significa

El rechazo es una decisión de la aseguradora, no una resolución definitiva. Existe una instancia específica para discutirlo, y tiene plazos.

Cuando la ART rechaza un siniestro, lo comunica por carta documento, correo electrónico o a través de su sistema. Ese rechazo no cierra nada: es la posición de una de las partes. Quien determina si hubo accidente de trabajo o enfermedad profesional, y qué incapacidad quedó, es la Comisión Médica, mediante el trámite de divergencia previsto en el sistema de la Ley 24.557 y la Ley 27.348.

Los motivos de rechazo más frecuentes son formales: que la denuncia se hizo tarde, que falta documentación, que el hecho no se considera ocurrido en ocasión del trabajo, o que la dolencia sería preexistente. Ninguno de esos argumentos es inapelable. Una denuncia tardía puede justificarse; una preexistencia puede haberse agravado por la tarea; un accidente in itinere puede acreditarse por otros medios.

Lo que sí es determinante es el tiempo. La fecha en que recibiste la comunicación del rechazo marca el inicio del plazo para plantear la divergencia. Por eso el primer consejo práctico es simple: guardá el papel, el mail o la captura, con la fecha visible, y consultá antes de que pasen semanas.

Alta médica con secuelas: por qué no conviene volver sin objetar

Reincorporarse en silencio después de un alta discutible es el error que más casos debilita.

El alta médica que otorga la ART cierra el período de incapacidad laboral temporaria y habilita el regreso a las tareas. El problema aparece cuando el trabajador sigue con dolor, limitación de movimiento o pérdida de fuerza, y vuelve igual porque necesita el sueldo o teme represalias.

Ese regreso sin objeción se convierte después en prueba en contra: la aseguradora sostendrá que si volviste a trabajar sin reclamar, era porque estabas recuperado. Revertir esa lectura en una junta médica o en juicio es posible, pero mucho más difícil.

Lo que corresponde es dejar constancia. Plantear la divergencia en el alta y acompañarla con un certificado de médico particular que describa con precisión la limitación concreta —qué movimiento no podés hacer, qué peso no podés levantar, qué dolor persiste— junto con los estudios que lo respalden. No alcanza con decir "me duele"; hay que documentar qué función quedó afectada.

Si ya volviste a trabajar sin objetar, no está todo perdido: existe el trámite de reagravación cuando las secuelas empeoran. Pero el camino es más largo.

Hipoacusia laboral: cómo se prueba

La pérdida auditiva por ruido se instala de a poco, y quien la sufre suele ser el último en notarla.

La hipoacusia inducida por ruido es una de las enfermedades profesionales más frecuentes en aserraderos, industrias, talleres y actividades con maquinaria pesada. Avanza lentamente, de forma indolora, y el trabajador se adapta: sube el volumen del televisor, pide que le repitan las cosas, deja de escuchar en ambientes ruidosos. Cuando lo consulta, muchas veces lleva años de exposición.

La prueba se construye con tres elementos. Primero, la acreditación de la exposición: antigüedad en el puesto, tipo de maquinaria, ausencia o insuficiencia de protección auditiva, y los exámenes periódicos que el empleador debió realizar. Segundo, el estudio audiométrico, que debe ser completo y realizado en condiciones técnicas adecuadas. Tercero, el nexo causal: que el patrón de pérdida sea compatible con daño por ruido y no con otras causas.

Un dato que suele definir el caso: los exámenes preocupacionales y periódicos. Si existen y muestran la evolución, son la mejor prueba disponible. Si el empleador no los hizo, esa omisión también tiene consecuencias.

Documentación

Qué conviene tener a mano

No hace falta tener todo para consultar, pero cuanto más traigas, más rápido podemos decirte si hay caso. Podés imprimir esta lista y usarla como checklist.

Accidente o enfermedad laboral

Casos con ART de por medio

  • Constancia de la denuncia o número de siniestro
  • Carta documento, mail o mensaje de rechazo, si lo hubo
  • Comunicación del alta médica
  • Estudios médicos: radiografías, resonancias, audiometrías
  • Certificado de un médico particular que describa las secuelas
  • Dictamen de incapacidad y liquidación ofrecida, si ya hubo
  • DNI y CUIL

Despido o conflicto laboral

Casos contra el empleador

  • Telegramas o cartas documento intercambiadas
  • Liquidación final, si te la entregaron
  • Mensajes, fotos o datos de testigos que prueben la relación de trabajo
  • Constancia de CUIL y fecha real de ingreso
  • Comprobantes de pagos en efectivo, si los hay
  • DNI
No sé qué tengo: prefiero preguntar
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Respondemos consultas de lunes a viernes. Si tenés documentación —denuncia, carta de rechazo, estudios médicos— podés adjuntarla directamente por WhatsApp.

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